Después de más de un año de enmiendas y cambios, la denominada Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo se encuentra ya en tramitación en el Senado, donde no se esperan más cambios.

Si todo marcha según los plazos previstos, la nueva ley para autónomos vería la luz en septiembre, aunque algunos de sus cambios no se implementarían hasta 2018La última versión del texto que está en el Senado incluye hasta 16 medidas diferentes que, en su mayoría, van a servir para facilitar la vida a los trabajadores por cuenta propia.

Posibilidad de cambiar hasta cuatro veces la base de cotización

Como autónomos, podemos elegir cuál será nuestra base de cotización a la Seguridad Social y cambiarla en cualquier momento. El problema es que estos cambios no se aplican de forma inmediata, sino que se restringen a dos períodos (1 de julio y 1 de noviembre). La nueva ley eleva a cuatro estos periodos. Las fechas son las siguientes:

  • 1 de abril, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 31 de marzo.
  • 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de abril y el 30 de junio.
  • 1 de octubre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 30 de septiembre.
  • 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.

Hasta tres altas y bajas en el RETA

Los autónomos podrán darse de alta y baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos hasta tres veces al año y pagar solo por los períodos efectivamente trabajados.

Ampliación a 12 meses de la tarifa plana de 50 euros

La actual tarifa plana de 50 euros para nuevos autónomos cuenta con solo seis meses de duración. La nueva ley eleva este periodo hasta los doce meses.

Además, se mantiene la rebaja del 50% sobre la cuota mínima de cotización en los seis meses siguientes al año y la reducción del 30% sobre los 3 siguientes, así como la bonificación del 30% de la cuota durante otros tres meses más. En total, el periodo en el que los nuevos autónomos podrán beneficiarse de pagar menos cuota se extiende hasta los dos años.

La única pega es que esta medida sólo beneficiará a los nuevos autónomos, además de las mujeres que se reincorporen al trabajo después de la baja por maternidad.

Dos años para reengancharse a la tarifa plana

La ley contempla un periodo mínimo de dos años tras haber realizado cualquier actividad empresarial para poder acogerse a la tarifa plana de 50 euros. En otras palabras, será necesario esperar 24 meses desde la última vez que se tuvo actividad como autónomo si queremos disfrutar de las bonificaciones.

Exenciones en cuota para el cuidado de menores

La ley aprueba la bonificación del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores de doce años, familiares en situación de dependencia o con discapacidad intelectual superior al 33% o física o sensorial superior al 65%.

Posibilidad de compatibilizar trabajo por cuenta propia y pensión

Con la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, se permite la compatibilización al 100% del trabajo por cuenta propia con la pensión del autónomo. A efectos prácticos esto quiere decir que se podrá trabajar como autónomo y cobrar el 100% de la pensión.

Bonificación de la cuota por descansos de paternidad y maternidad

Se establece una bonificación del 100% de la cuota de cotización a la Seguridad Social durante el descanso por maternidad, paternidad y adopción. Hasta ahora, los trabajadores autónomos de baja por este motivo debían seguir pagando su cuota para poder cobrar el dinero de la baja por estos motivos.

Posibilidad de deducir los suministros del hogar si se trabaja desde casa

Aunque la Unión Europea ya había reconocido este derecho y obligado a la Agencia Tributaria a aceptar la deducción de los suministros del hogar para los autónomos que trabajan desde casa, la nueva ley los incluye de forma explícita.

En concreto, los autónomos podrán deducir hasta el 30% de los gastos de suministros como el agua, la luz, la electricidad y la telefonía si trabajan desde casa.  En cualquier caso, el porcentaje a deducir será proporcional a los metros cuadrados de la vivienda que se utilicen para el trabajo.

Nuevos límites a los gastos de dietas y alimentación

Con la nueva ley será posible deducirse hasta 26,67 euros al día por gastos en dietas y manutención, una cantidad que se eleva hasta los 48,08 euros si el viaje se realiza al extranjero. Para poder aplicar esta ventaja será necesario pagar por medios telemáticos (tarjeta de crédito, principalmente) y que el gasto no se realice en domingo.

Lo que finalmente ha quedado fuera de la ley es la posibilidad de deducir el 50% de los gastos en gasolina cuando el uso del coche no es 100% profesional.

Se reconocen los accidentes in-itinere

La Seguridad Social reconoce el accidente in-itinere a los profesionales autónomos. Este reconocimiento permite que cualquier incidente durante los trayectos de ida o vuelta al trabajo sea considerado también como accidente laboral.

Reducción de los recargos por retrasos en los pagos a la Seguridad Social

La nueva ley reduce a la mitad los recargos que penalizaban a los autónomos por retrasarse en el pago de su cuota a la Seguridad Social. En concreto, la sanción pasa de ser del 20% de la cuota al 10% en el primer mes.

Devolución automática del exceso de cotización de los trabajadores en pluriactividad

Los trabajadores en pluriactividad, (aquellos que compatibilizan un trabajo por cuenta propia y uno por cuenta ajena y, por tanto, cotizan en dos regímenes de la Seguridad Social) recibirán de forma automática y sin tener que solicitarla, el exceso de cotización a la Seguridad Social si sus cuotas han superado 12.368,23 euros. Hasta ahora, había que solicitarlo expresamente.

Se desvincula la cuota de los autónomos societarios del SMI

Las medidas incluyen también la corrección de la cuota de autónomos societarios, que se desvincula de la subida del salario mínimo interprofesional cada año. Ahora serán los Presupuestos Generales del Estado de cada año los que den con esta cifra tras negociar con las organizaciones de autónomos.

Mejora de la formación en riesgos laborales

La ley prevé la participación de los autónomos en programas permanente de formación e información de riesgos laborales

Posibilidad de contratar hijos con discapacidad

Los trabajadores autónomos podrán contratar como empleados a hijos menores de 30 años con discapacidad, aunque convivan con ellos.

Mejora de las condiciones para los emprendedores con discapacidad

Se establecen bonificaciones de 50 euros en la cuota de la Seguridad Social durante 12 meses para autónomos con discapacidad que no hayan estado dado de alta como autónomos en los dos años anteriores.

 

Fuente

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